Matrimonio civil ante notario

matrimonio civil ante notario

Planificar un matrimonio civil ante notario es un paso importante en la vida de una pareja. Si estás pensando en casarte ante notario en Colombia, es fundamental contar con la orientación adecuada para que el proceso sea ágil, legal y sin contratiempos. En este punto, el acompañamiento de un abogado de familia puede marcar la diferencia.

Definición del matrimonio

Nuestro código civil colombiano en su artículo 113 parte de entender el matrimonio como un contrato matrimonial solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente.

¿Por qué es importante el acompañamiento de un abogado de familia?

Un abogado de familia no solo se encarga de trámites legales: también te asesora para que tomes decisiones informadas y evites errores que pueden surgir por desconocimiento. Estos son algunos de los servicios que te puede ofrecer:

✅ Revisión y preparación de documentos (registros civiles, cédulas, etc.).

✅ Asesoría sobre capitulaciones matrimoniales, en caso de que deseen establecer acuerdos patrimoniales antes del matrimonio.

✅ Coordinación con la notaría para agendar la ceremonia y verificar requisitos.

✅ Solicitar el nombramiento ante la Notaria o Juzgado de un curador para la confección del inventario solemne de bienes de hijos menores de edad de relaciones anteriores.

✅ Radicar documentación, solicitar fecha de la boda y firmar la escritura pública en el caso de los matrimonios por apoderado.

✅ Acompañamiento legal durante todo el proceso, para que todo esté en regla y sin sorpresas.

Decreto 2668 del 26 de Diciembre de  1998 “Por el cual se autoriza la celebración del matrimonio civil  ante Notario Público.

Requisitos para casarse por lo civil

Los documentos que usualmente se requieren incluyen:

Personas que contraerá su primera boda

  • Solicitud de matrimonio firmada por la pareja o su apoderado.
  • Fotocopia de cédulas.
  • Registro civil de nacimiento de cada uno de los futuros esposos no mayor a un mes de expedido y que tengan la nota: “válido para matrimonio”
  • Si tienen hijos en común deben aportar los registros de nacimiento de los hijos a fin de legitimarlos.
  • Si tienen hijos menores de edad procreados en anteriores relaciones deben adjuntar el inventario solemne de Bienes.

Personas divorciadas o viudas deben adicionar lo siguiente:

  • Registro civil de nacimiento con las respectivas notas marginales de divorcio y liquidación de sociedad conyugal.
  • Registro civil de matrimonio con la nota del divorcio y liquidación de sociedad conyugal.
  • Copia del libro de varios, donde conste el divorcio.
  • Registro civil de defunción del cónyuge fallecido.

Requisitos para ciudadanos extranjeros que contraerán matrimonio con colombianos.

  • Pasaporte o cédula de extranjería.
  • Traducción oficial en Colombia del registro civil de nacimiento debidamente apostillado y no mayor a 3 meses desde su expedición.
  • Certificado de soltería o equivalente debidamente apostillado.
  • Traductor oficial si la persona no habla español para que intervenga en el día de la boda civil.

¿Estás listo para casarte? Deja los trámites en manos de un experto

Si tú y tu pareja están listos para dar el “sí” de forma civil, permítenos ayudarte. Como abogados de familia con experiencia en derecho notarial y de familia, nos encargamos de todo el proceso para que ustedes solo se ocupen de celebrar un feliz matrimonio.

Contáctame hoy mismo y demos el primer paso hacia su nueva vida juntos.

Preguntas frecuentes sobre la boda civil

¿Cuánto vale un matrimonio civil en Medellín en 2025?

Aproximadamente $290.000 es el costo de los gastos notariales.

Luego de tener toda la documentación en regla ¿Cuánto se demora la notaria para fijar fecha de matrimonio?

Radicada la solicitud en la notaria, la boda civil se realiza a los 8 días hábiles siguientes.

¿Cuántos invitados a la boda puede llevar a la notaria?

Aproximadamente 6 invitados.

¿Me puedo casar con una menor de edad?

No es posible, la Ley 2447 del 2025 eliminó todas las formas de uniones tempranas cuando uno o los dos contrayentes sean menores de 18 años.

¿Requiere llevar testigos a la boda civil?

No.