En el Congreso de la República de Colombia se tramita el Proyecto de Ley N.º 064 de 2023 denominado “divorcio libre”, que tiene como fin incorporar una nueva causal de divorcio en el artículo 154 del Código Civil, permitiendo el divorcio unilateral por la sola manifestación de voluntad de cualquiera de los cónyuges.
Aspectos clave de la ley del divorcio libre
El proyecto agrega la causal número diez para el divorcio: «La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges». Esto implica que cualquier persona podrá solicitar el divorcio de manera unilateral, sin requerir el consentimiento del otro cónyuge. De este modo, se elimina la necesidad de argumentar culpa o invocar situaciones específicas, como era obligatorio en el régimen anterior.
Este proyecto de ley establece que, si uno de los cónyuges desea el divorcio unilateral, deberá presentar en la demanda de divorcio, una propuesta que contenga los términos sobre el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, la reparación integral, las reparaciones económicas y la liquidación de la sociedad conyugal.
Por su parte, el cónyuge demandado podrá oponerse a esta propuesta, ya sea proponiendo una alternativa o iniciando una demanda de reconvención.
Adicionalmente, se contempla una modificación del artículo 411 del Código Civil, que ampliaría el derecho a recibir alimentos a favor del cónyuge que carezca de medios para su subsistencia y que solicite el divorcio por la causal unilateral.
Eliminación de la espera de dos años
Una de las principales ventajas de este proyecto es que, en caso de convertirse en ley, los colombianos ya no tendrían que esperar los dos años de separación de hecho o de cuerpos exigidos actualmente para poder demandar el divorcio. Esto facilitaría el acceso a la disolución del vínculo conyugal en situaciones de ruptura irreparable.
¿Cuál es el estado del proyecto de ley y alternativas en caso de ser archivado?
El día 26 de noviembre del año 2024 fue aprobado «el divorcio libre» en último debate por la plenaria de la cámara de representantes. Está pendiente la conciliación de los textos con el senado y su posterior sanción por el presidente.
Aunque el proyecto de ley tiene puntos que requieren ajustes y perfeccionamientos, especialmente en cuanto a los procedimientos y la regulación de las obligaciones alimentarias, es un paso importante hacia la facilitación del divorcio en Colombia.
En caso de que el proyecto sea archivado, se podría considerar por parte del legislativo la posibilidad de reducir el tiempo de la causal octava del artículo 154 del Código Civil, de manera que los cónyuges no tengan que esperar los dos años establecidos para acceder a un proceso de divorcio por separación de hecho.
Por el momento el trámite que continuará siendo el más rápido para divorciarse, seguirá siendo el divorcio de mutuo acuerdo o divorcio express.