El matrimonio por poder en Colombia está permitido por el artículo 114 del Código Civil, que establece que no es necesario que ambos contrayentes estén presentes físicamente para contraer matrimonio, sino que es posible hacerlo mediante un apoderado especial.
Al otorgar un poder a un apoderado, este actuará en nombre del solicitante durante la ceremonia, prestando su asistencia y otorgando el consentimiento matrimonial en su lugar.
Este tipo de matrimonio es una opción legalmente válida para aquellas personas que, por diversas razones, como la distancia, situaciones de tiempo, prisión, servicio militar o por otras dificultades, no pueden asistir personalmente a la ceremonia matrimonial.
Es recomendable contar con los servicios de un abogado para que realice el poder notarial y se encargue de la organización de la documentación requerida ante la notaría.
Documentos requeridos para el matrimonio por poder
- Registros de nacimiento de ambos contrayentes, válidos para matrimonio. Si los registros son emitidos en el extranjero, deben estar apostillados y traducidos al español. (El registro de nacimiento de personas extranjeras tiene una validez de tres meses, mientras que el de colombianos es válido por un mes).
- Copia de la cédula para los ciudadanos colombianos o pasaporte para los extranjeros.
- Inventario solemne de bienes en caso de que alguno de los contrayentes tenga hijos menores de 18 años de una relación anterior.
- Si alguno de los contrayentes es extranjero, debe presentar una certificación de soltería expedida en su país de origen.
- Capitulaciones matrimoniales si se hubieran celebrado con anterioridad.
Si está interesado en tramitar su matrimonio por poder en Colombia, nuestro equipo de abogados puede asistirle en la redacción del poder, el cual podrá firmar ante el consulado de Colombia en el país donde se encuentre.
Las fechas para la celebración del matrimonio son asignadas por la notaría, y generalmente, una vez presentada toda la documentación, es posible que la ceremonia se realice dentro de los 8 días siguientes.