Cesación de efectos civiles de matrimonio religioso

cesación de efectos civiles de matrimonio religioso

La Cesación de efectos civiles de matrimonio religioso es un trámite incorporado al ordenamiento jurídico colombiano mediante el decreto 4436 de 2005, donde se permite dejar sin efectos legales en el ámbito civil un matrimonio celebrado ante la iglesia.

Para la iglesia el matrimonio es un sacramento indisoluble, por esta razón el Estado autorizo la cesación de efectos civiles de matrimonio católico por escritura pública o sentencia judicial. Esto implica que a nivel civil las obligaciones y derechos que existían entre la pareja desaparezcan, aunque el vínculo religioso continue.

Requisitos para el trámite de cesación de efectos civiles de matrimonio religioso

  1. Requiere de un Abogado para que organice la documentación y presente la solicitud ante el Notario o Juez de familia.
  2. Requiere los siguientes documentos:
  • Poder donde autoricen al abogado iniciar el trámite.
  • Acuerdo frente a los cónyuges e hijos.
  • registro de matrimonio
  • registros de nacimiento de ambos cónyuges y si es extranjero el registro debe venir apostillado y traducido al español.
  • registro de Nacimiento de los hijos
  • copias de las cédulas

La cesación de efectos civiles de matrimonio religioso es un trámite que produce los mismos efectos que un divorcio de matrimonio civil.

La ventaja del trámite de cesación de efectos civiles de matrimonio religioso es que no tendrá que ir al tribunal eclesiástico a esperar meses o años para que anulen su matrimonio.

Preguntas frecuentes sobre la cesación de efectos civiles de matrimonio religioso

 

¿Qué sucede sino registre el matrimonio católico en una notaría?

El registro no es un obstáculo para que nazcan derechos y obligaciones del matrimonio religioso, para el estado existe así no lo hayan registrado.

¿Qué sucede con los bienes conseguidos durante el matrimonio católico?

Al igual que en el matrimonio civil surge la sociedad conyugal por el hecho del matrimonio, y la pueden liquidar en el mismo trámite de cesación de efectos civiles de matrimonio religioso o en trámite separado.

¿Si me encuentro en el extranjero puedo adelantar el trámite sin desplazarme a Colombia?

Sí, solo basta que firme el poder y el acuerdo en el extranjero y nuestros abogados se encargaran de todo el trámite.