Declarar la unión marital de hecho

En este articulo  explicaremos como declarar la  unión marital de hecho, se entiende por unión marital de hecho, la unión de dos personas, que, sin estar casados, toman la decisión de conformar una familia, de forma singular y permanente, es de precisar que la permanencia de la relación por más de dos años entre la pareja trae consigo el nacimiento de la sociedad patrimonial de bienes, es decir que al finalizar la relación se deben partir los activos y pasivos conseguidos entre los compañeros permanentes sin importar quien los consiguió.

El surgimiento de la sociedad patrimonial se puede evitar mediante la suscripción de capitulaciones maritales donde la pareja puede evitar el nacimiento de la sociedad patrimonial o permitir el nacimiento de esta, excluyendo los bienes propios y sus frutos civiles. Es de precisar que la sociedad patrimonial tampoco surge si uno de los compañeros permanentes tiene otra sociedad conyugal o patrimonial sin disolver.

Declarar la unión marital de hecho tiene como fin probar la unión, esto lo piden las empresas prestadoras de salud, las fuerzas militares, el ministerio de relaciones exteriores para otorgamiento de visas, el juez de familia etc.

La declaración de la unión marital se puede realizar en cualquier momento por escritura pública, centro de conciliación y por sentencia judicial, nuestra sugerencia es: si entre los compañeros existe mutuo acuerdo en declarar la unión marital se realice por escritura pública y posteriormente se registre en los folios de nacimiento a fin de atender lo preceptuado en el artículo  2.2.6.15.2.5.1. del decreto 1664 del año 2015, por ser norma posterior a la ley 54 de 1990 y ley 979 de 2005.

De no existir acuerdo entre los compañeros permanentes, en la declaración de la unión marital de hecho, el interesado debe mediante abogado interponer demanda de declaración de la existencia unión marital y sociedad patrimonial, ante los Juzgados de Familia.

La sociedad patrimonial entre compañeros permanentes se disuelve por las causales previstas en el artículo 3 de la ley 979 del año 2005, que corresponden al mutuo acuerdo ante notario, conciliador, juez y por la muerte de alguno de los compañeros permanentes.

Las acciones dirigidas a obtener la disolución y liquidación de la sociedad patrimonial prescriben en un año, contado a partir de la separación física y definitiva de los compañeros.

Requisitos para declarar la unión marital de hecho

  • Solicitud
  • Registros de nacimiento recientes y si eres es extranjero se requiere su registro de nacimiento apostillado y traducido al español.
  • Registros civiles de nacimiento de los hijos en común.
  • En caso de existir hijos menores de 18 años de relaciones anteriores, requiere inventario solemne de bienes.

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